Cierre de Ejercicios

Antes de realizar el primer cierre de ejercicio en el sistema deben estar configuradas las cuentas de "Resultados" y de "Resultados del Ejercicio". Normalmente se configuran al instalar el sistema y configurar el plan de cuentas, pero si no fue así, se deberán marcar dichas cuentas con los atributos correspondientes en el ABM del Plan de Cuentas.

Dentro del ABM del Plan de Cuentas hay que seleccionarla cuenta de resultados del ejercicio y marcarla con el atributo "Resultados del Ejercicio" de la solapa "Otros". Para marcar las cuentas de resultados basta marcar las cuentas principales o madre de los resultados con el atributo "Resultados" de la solapa "Otros".

Para cerrar un ejercicio contable hay que ejecutar la opción Contabilidad - Operaciones Especiales - Cierre y Apertura de los Ejercicios.

Esta opción realiza el asiento de refundición de resultados y el de cierre del ejercicio. También realiza, pero en el ejercicio siguiente, el asiento de apertura derivado del de cierre.

Ante la pregunta de tipo de cierre Legal o Real, normalmente se deberá seleccionar Legal.

Si ya se han realizado los asientos de refundición, cierre y apertura y se vuelve a ejecutar esta opción, éstos serán anulados y reemplazados por los nuevos.

El sistema modificará la fecha de Cierre de Ejercicio Contable a la fecha de cierre de ejercicio. Esta fecha determina el bloqueo del ejercicio. De esta manera, no se podrán registrar operaciones en ejercicios cerrados.

En caso de necesitar cierres provisorios o bloquear determinados periodos cerrados, esta fecha se puede acceder desde Configuración - Variables Globales, solapa Cierres.

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