Facturación - Reproceso de Comprobantes
Última actualización
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El proceso de facturación electrónica requiere una autorización de AFIP que se consigue en el mismo momento de facturar (o de emitir notas de crédito o débito). Esa autorización se solicita utilizando internet, es decir que cuando se apreta el botón de aceptación de la factura, y antes de registrarla, el sistema le manda a AFIP los datos a facturar para que ésta confirme su validez, en cuyo caso devuelve un código de autorización. Eventualmente puede devolver también un rechazo.
En el caso de que AFIP autorice la factura, ésta se registra. En el caso de que AFIP encuentre problemas con el comprobante el sistema muestra el error que devuelve AFIP y no se registra.
En este proceso de autorización, a veces sucede que AFIP recibe los datos del sistema y acepta la factura (o NC o ND) pero por algún motivo de comunicación, la respuesta nunca llega al sistema. Normalmente esto es por problemas de internet o fallas en el servicio de AFIP. Como el sistema espera una respuesta durante un cierto tiempo, si ésta no llega, el sistema no puede registrar el comprobante, ya que no tiene el código de autorización. No obstante, como AFIP sí lo autorizó, ella sí registró el comprobante, por lo que se produce una incoherencia, AFIP tiene el comprobante y el sistema no. Por eso la siguiente vez que se quiera facturar la factura NN, AFIP devolverá que ese número ya existe mediante este error:
10016 - El número o fecha del comprobante no se corresponde con el próximo a autorizar. Consultar metodo FECompUltimoAutorizado.
Ante este error, hay que emitir el comprobante que afip no tiene para sincronizar ambos sistemas. Como el CAE (código de autorización electrónico) correspondiente a este comprobante AFIP ya lo genereró, el sistema en lugar de pedir uno nuevo debe hacer una consulta de REPROCESO de comprobante, para lo cual AFIP devolverá el mismo CAE que tiene ya registrado.
Básicamente, lo que hay que hacer es emitir por sistema el mismo comprobante que antes no se pudo registrar pero con la salvedad de pedir un REPROCESO.
El procedimiento es el siguiente:
Normalmente AFIP tiene registrado el último comprobante (FC, NC o ND) que se quiso registrar, por lo que este paso podría saltearse si es que se ya se sabe cuál es el comprobante. En caso de dudas hay que ir al módulo Facturación y de ahí al menú Facturación -> Control GES vs AFIP y consultar para el punto de venta y tipo de comprobante, los últimos números registrados, en particular el último. Si el último comprobante aparece en fondo rojo es que AFIP lo tiene registrado. Del CUIT y de los importes debe deducirse cuál es el comprobante que se debe reprocesar.
Una vez que se sabe cuál es el comprobante a reprocesar, simplemente se lo registra como se lo intentó hacer en el momento en que había problemas. Sí o sí deben respetarse los montos, fecha y número del comprobante. La salvedad es que hay que colocar Reproceso = SI para que el sistema pida el mismo código de autorización de AFIP. Luego el comprobante quedará registrado y ambos sistemas sincronizados.